viernes, 29 de agosto de 2014

LA CITÉ ANTIQUE (LA CIUDAD ANTIGUA) -Numa Denis Fustel de Coulanges -

Biografía del Autor


Numa Denis Futel de Coulanges, nació en París el 18 de marzo de 1830; murió en Massy Seineet-Oise, el 12 de septiembre de 1889. Estudio en la École Normale Supérieure y en la École  d´Athénes.
Enseño Historia en el Liceo de Amiens y fue profesor del lycée Saint-Louis; en 1860 obtuvo la cátedra de Historia de la Facultad de letras de Estraburgo. En 1870 pasó a la École Normale Supérieure. Mientras tanto había extendido investigaciones a la evolución histórica de Francia cuando fue vencida por Alemania mientras allí se discutía sobre el nuevo ordenamiento del Estado, cuyas controversias repercutieron en su "Historia de las instituciones políticas de la antigua Francia", 1874. En 1858 presentó su tesis doctoral sobre "Polybe ou la Gréce conquise". A través de sus estudios de la cultura antigua acopió el material para su obra maestra "La Cité Antique", 1864. 

INTRODUCCIÓN

La Cité Antique es un estudio sobre las instituciones políticas y sociales de las antiguas Grecia y Roma; da valor e importancia al papel que desempeño la adhesión socio-religiosa como elemento de unión de las antiguas sociedades, en las cuales éstas representaban un conjunto de principios útiles para fortalecer la comunidad y sus integrantes. la disolución del antiguo imperio romano es una natural evolución del espíritu motivada por las transformaciones de su organización social.

LIBRO I

CREENCIAS ANTIGUAS

CAPITULO 1. CREENCIAS SOBRE EL ALMA Y LA MUERTE



Los ritos fúnebres eran una ceremonia que procuraba el descanso y tranquilidad de los muertos, en esta época la muerte significaba un cambio de vida.

CAPITULO 2. EL CULTO DE LOS MUERTOS


La creencia dio lugar a reglas de conducta, fue así como el rito fúnebre comprendió que los vivos debían satisfacer las necesidades del muerto en la otra vida, como alimento (sraddha) y bebida; dando así un status sagrado a los muertos. Para los romanos eran Dioses manes, para los griegos Demonios o Héroes, para los latino Lares, Manes, genios.

CAPITULO 3. EL FUEGO SAGRADO


El fuego sagrado se le atribuían poderes asociados a la consecución de protección,  riqueza, salud, felicidad; por ello se le adoraba y rendía culto con ofrendas. El fuego se le consideraba un ser mortal, por que físicamente vivía, se movía y daba la comida; moralmente por que se obtenía afecciones, sentimientos y alimentaba el alma. Por ende la comida era el acto religioso por excelencia, puesto que el Fuego era quien lo presidia, el cocía el pan y los alimentos, por tanto se dirigía una oración al comenzar y al terminarla.

CAPITULO 4. RELIGIÓN DOMÉSTICA


Las condiciones de la religión doméstica era que cada familia solo rendía culto a los muertos por consanguinidad, y tal rito era dirigido por el padre quien debía hacer las libaciones y sacrificios a los manes de su padre y abuelos; el no hacerlo era un acto de impiedad.

LIBRO II

CAPITULO 1. LA FAMILIA


Lo que hace a la familia es la religión del hogar y los antepasados, no consiste en un afecto natural. 


CAPITULO 2. EL MATRIMONIO


Era la primera institución establecida por la religión doméstica . Al realizarse el matrimonio la mujer pasaba rendir culto a los antepasados de su esposo y perdía la religión doméstica de su padre. El matrimonio ocurría en tres actos: traditio, deductio in domun, confarreatio. No se permitia la poligamia  y el divorcio.

CAPITULO 3. CONTINUIDAD DE LA FAMILIA. INTRODUCCIÓN DEL CELIBATO. DIVORCIO EN CASO DE ESTERILIDAD. DESIGUALDAD ENTRE EL HIJO Y LA HIJA



La regla en la religión domestica era que la familia debía perpetuarse, la extinción de ésta causaba la ruina y los antepasados descendía a la mansión de los desgraciados, por ende el celibato se concebía como una desgracia y un acto de impiedad. Los hijos varones heredaban la religión doméstica; pero no así los hijos bastardos. Las hijas pertenecían a la religión domestica hasta el día de su matrimonio.

CAPITULO 4. DE LA ADOPCIÓN Y EMANCIPACIÓN


La religión doméstica obligaba a: 

  • casarse
  • declaraba el divorcio en caso de esterilidad
  • en caso de impotencia o muerte del marido sustituía a éste por un pariente
  • la adopción, como ultimo recurso para evitar la extinción de la familia.
Al adopción era aceptada,  el hijo adoptado pertenecía a la religión de su nueva familia, y perdía cualquier vinculo con la familia biológica, esta emancipación se conocía en Roma como sacrorum detestatio. 

CAPITULO 5. EL PARENTESCO. LO QUE LOS ROMANOS LLAMABAN AGNACIÓN

"Son, pues, agnados, como parientes del jefe, las personas unidas por parentesco del sexo masculino: por ejemplo, el hermano nacido del mismo padre, el hijo del hermano o el nieto del mismo, igualmente el tio paterno, el hijo del tio paterno y nieto del mismo. En cambio, aquellos que están unidos por parentesco de sexo femenino no son agnados, sino, con otra denominación, conforme al ius naturale, cognados". www.derechoromano.es/2013/10/status-familiae-agnacion-cognacion.html

Las doce tablas, solo reconocía el parentesco de agnación y esto otorgaba el derecho a heredar.

CAPITULO 6. DERECHO DE PROPIEDAD



La religión doméstica era muy estricta en cuanto a propiedad se refería, no se permitían extranjeros, y los muertos no debían descansar en lugar ajeno al terreno familiar, este hecho garantizaba el derecho de propiedad, ya que el sepulcro era inalienable e imprescriptible.

CAPITULO 7. DERECHO DE SUCESIÓN


Siendo la religión doméstica hereditaria, de varón a varón; lo es también la propiedad. Y como el hijo es continuador natural y obligado del culto, hereda tambien los bienes. En lenguaje jurídico romano lo denomina el hijo heressuus. Como ya se dijo anteriormente la hija no hereda si esta casada; si esta soltera sigue en la familia bajo los cuidados del hermano heredero, del mismo modo el hijo primogénito hereda y este vela por sus otros hermanos. Si no había varones, heredaban el hijo primogénito de su hija (nieto), y por que en caso de no haber hijo varón, esta la opción de adopción. El hijo emancipado no heredaba. 

CAPITULO 8. LA AUTORIDAD EN LA FAMILIA



El padre era la primera figura y era el encargado de encender el hogar, era la figura obligada a desempeñar la mas alta función en los actos religiosos. La mujer no tenia esta alta estima y no tenia derecho a culto especial después de su muerte. al padre se le denominada Pater, y a la madre Mater.  El padre era el jefe religioso, dueño de la propiedad y era juez.

Apunte personal:Se valoraba tan poco y eran tan de poca importancia la mujer, que nunca pensaron que de ella provenía la descendencia y de ella se prolongaba la familia.

CAPITULO 9. MORAL ANTIGUA DE LA FAMILIA

La moral estaba implícitamente explicada en este principio: "tu te alejas de tus conciudadanos, tu no tienes amigos, tus semejantes no son nada para ti, tu solo vives para ti y los tuyos". 

CAPITULO 10. LA GENS EN ROMA Y EN GRECIA





LIBRO III

CAPITULO 1. LA FRATRIA Y LA CURIA; LA TRIBU

Fratría: agrupación de gens, donde impera la prohibición del matrimonio entre personas de una misma  gens por que se suponía que todos tenían un antepasado en común. Fratría es un conjunto de familias. 

Curia: es una subdivisión mas o menos identificada con una tribu. las tres tribus originales de Roma fueron:
  • Ramnes, cuyo nombre deriva de Rómulo.
  • Ticienses, que traen el suyo de Tito Tacio
  • Luceres, que se desconoce su origen.
Cada una de estas tribus, estaba formada por 10 curias, y cada una de estas por un determinado numero de gens.  http://es.wikipedia.org/wiki/Curia


CAPITULO 2. NUEVAS CREENCIAS RELIGIOSAS

DIOSES DE GRECIA Y ROMA

Roma y Grecia comparten el significado mas no el nombre de sus dioses por que, la primera toma sus dioses desde la naturaleza física y la segunda del alma humana.

Por eso cada cual presento su idea de Dios desde visiones distintas, teniendo en cuenta el principio de:

GRECIA                                                                                     ROMA
  • invisibilidad                                                         * exterioridad
  • inteligencia                                                         * agentes físicos
  • divinidad                                                           * árbitros de la vida (miedo, felicidad)

CAPITULO 3. FORMASE LA CIUDAD

La ciudad surge como consecuencia de la unión de las tribus, con la condición de que cada tribu respetase el culto de cada una.

Cada ciudad fue desarrollándose y creciendo a la medida que la religión fue ensanchándose, se dice entonces que el progreso social se debe al progreso de la religión, así mismo de la organización doméstica por que de ella se desprende la idea del deber y el derecho privado.


CAPITULO 4. LA POBLACIÓN


La ciudad era el resultado de la asociación religiosa y política, de las familias y las tribus, la población era el sitio de reunión, el domicilio, el santuario de esta asociación.  De ella se conservo siempre el nombre de su fundador y la fecha,  se mantiene  el recuerdo por la costumbre de celebrar el aniversario de fundación con un sacrificio.


CAPITULO 5. CULTO DEL FUNDADOR, LEYENDA DE ENEAS

Vea aquí la película: 


CAPITULO 6. LOS DIOSES DE LA CIUDAD

La ciudad poseía los mismos dioses protectores y les pertenecían exclusivamente a cada una,  se celebraban los actos religiosos en el mismo altar. Este se encontraba en el recinto de un edificio, que los griegos denominaron Pritáneo y los romanos Vesta.

Pritáneo de Efeso
Cada rito religioso era único, cada ciudad tenía sus propios sacerdotes, quienes no dependían de autoridad extraña ni se comunicaban con sacerdotes de otras ciudades.

CAPITULO 7. RELIGIÓN DE LA CIUDAD

Las ceremonias religiosas comprendían diferentes actos:

- Banquetes públicos, que se celebraban en común para todos los ciudadanos.
- Fiestas y el calendario, se escogía un día especifico para honrar a los dioses, donde se dedicaba ese día exclusivo a esta celebración. 
-el censo, esta ceremonia se hacia para purificar la ciudad y borrar las faltas de los conciudadanos contra el culto.
-La religión, en la Asamblea, en el Senado, en el Tribunal y en el Ejército, en todos los actos públicos se involucraban a los Dioses, para protección y ayuda. 

CAPITULO 8. LOS RITUALES Y LOS ANALES

Los rituales, eran ceremonias cuidadosamente elaboradas y formuladas, cada palabra usada y cada detalle era minucioso de gran valor significativo. Se poseían libros de ceremonia, cada ciudad los tenia para conservar la santidad de sus rituales, que se conocían como Anales.

CAPITULO 9. GOBIERNO DE LA CIUDAD; EL REY



La primera autoridad religiosa era el Rey, el sacerdote era el padre de familia, la curia tenia su curion o fratriarca y cada tribu su jefe religioso. El Rey es el jefe del culto, mantiene el hogar, hace el sacrificio, pronuncia las preces y preside los banquetes. El rey tambien era el jefe político de la ciudad, tenia toda la dignidad y poder.

CAPITULO 10. EL MAGISTRADO O CÓNSUL 


En Grecia, los magistrados estaban facultados para celebrar el sacrificio, tenia en sus manos los auspicios, los ritos, las preces y la protección de los Dioses, era mas que un hombre por que era intermediario entre sus semejantes y la divinidad. 


CAPITULO 11. LA LEY


La ley en un principio fue parte de la religión, ésta se imponía, y los hombres tenían fe en ella. El ciudadano pertenecía al estado en su totalidad y estaba consagrado a su defensa, por ello el servicio militar en Roma era hasta los 46 años, en Atenas y Esparta era toda la vida.

LIBRO IV

LAS REVOLUCIONES

CAPITULO 1. PATRICIOS Y CLIENTES

La sociedad presentaba rangos, diferencias y desigualdades, la autoridad del padre es una de ellas; pero después de varias generaciones se formaban ramas secundarias, que se encontraban en inferioridad respecto a la linea primogénita de la familia, el cliente estaba por debajo de estas ramas.

CAPITULO 2. LOS PLEBEYOS

En las ciudades antiguas se encontraba otro elemento por debajo de los clientes, que se hizo numerosa en Roma, y recibe el nombre de la plebe, se caracterizaba por no tener culto, no existía el matrimonio para ellos, no hay autoridad paterna y por lo mismo no tenían derechos de propiedad,  ni políticos.

CAPITULO 3. PRIMERA REVOLUCIÓN


El poder en el estado se reunía en manos del Rey, estos querían ser más poderosos,  pero los padres querían que no lo fueran, así nació la lucha  entre la aristocracia y los reyes, el resultado fue igual en todas las ciudades, la realeza salio vencida, aunque se conservo por lo sagrado de su existencia, si perdió el poder y solo quedo como sacerdocio. 

CAPITULO 4. LA ARISTOCRACIA GOBIERNA LAS CIUDADES


La revolución tuvo por efecto suprimir la realiza política, dejando subsistir la realiza religiosa. Así las cosas el gobierno quedo en manos de la aristocracia, que se fundaba en el nacimiento y tenia su principio en la constitución de la religión de las familias.

CAPITULO 5. SEGUNDA REVOLUCIÓN, CAMBIOS EN LA CONSTITUCIÓN DE LA FAMILIA, DESAPARECE EL DERECHO DE PRIMOGENITURA, SE DESMIEMBRA LA GENS

La revolución derribo a la realiza, modifico la forma exterior del gobierno, esta revolución fue obra de la aristocracia que lo hizo con el fin de evitar una revolución social y domestica. El derecho de primogenitura, desapareció y comenzó a transformar la sociedad. La familia sacerdotal quedo relajada y dejo de ser hereditaria.


CAPITULO 6. LOS CLIENTES SE EMANCIPAN

Dentro de los cambios consecuentes a la revolución  esta que los servidores o clientes aspiraron a emanciparse, aunque no logran liberarse de su amo y conseguir ser ciudadano, cambia de nombre a liberto, queda incorporado a la familia del amo y depende de el.  

CAPITULO 7. TERCERA REVOLUCIÓN, LA PLEBE INGRESA A LA CIUDAD

Debido a las frecuentes y constantes guerras, y al debilitamiento de la monarquía y al sacerdocio, las perdidas humanas en los frentes de batalla, se necesito fortalecer los ejércitos y se llamo a los extranjeros sin consideración de origen para tal fin. Así fue como la plebe fue ingresando a la ciudad. En Atenas se reemplazan las 4 antiguas tribus por otras 10 nuevas, se forma otro nuevo cuerpo social.

CAPITULO 8. CAMBIOS EN EL DERECHO PRIVADO, EL CÓDIGO DE LAS XII TABLAS, EL CÓDIGO DE SOLÓN 

los mas notable de los cambio es que el derecho se hace publico y es conocido por todos, se convierte en una lengua que todos podían leer y hablar. Se expresa así la voluntad popular, la ley en lo sucesivo tiene principio de interés general y por base el consentimiento de la mayoría. "Que sea la ley lo que en último caso ordene los sufragios del pueblo". 

- CÓDIGO DE LAS XII TABLAS

Se dictaron en medio de una transformación social y fueron hechas por los patricios. 


- CÓDIGO DE SOLÓN

El código de Solón es enteramente distinto, lo primero que se observa es que las leyes osn iguales para todos, no establece distinción. 


CAPITULO 9. NUEVO PRINCIPIO DE GOBIERNO, EL INTERÉS PÚBLICO Y EL SUFRAGIO


Renovación social surgen nuevas reglas de gobierno; desapareció el antiguo régimen y sus rigurosas reglas. El nuevo dogma aparece en el espíritu humano y la historia. Solón resumen el nuevo régimen como: "la mejor, no; pero si la mejor que conviene".

"Cambios en el derecho privado, el Código de las Doce Tablas, el Código de Solón: comienza con la conversión del derecho sagrado y misterioso conocido únicamente por los sacerdotes, y jefes de familia, a derecho público, conocido por todos y escrito en una lengua que todos podían leer y hablar". http://letitanieto.blogspot.com/2010/11/ensayo-libro-la-ciudad-antigua-autor.html

CAPITULO 10. PRETENDE LA RIQUEZA CONSTITUIRSE EN ARISTOCRACIA, ESTABLECIMIENTO DE LA DEMOCRACIA 

El nuevo elemento de distribución social fue la riqueza, se instaura los magistrado para velar por los intereses materiales de la ciudad.  Surge el sufragio y este es el inicio de la democracia.




Democracia: doctrina que defiende la participación del pueblo en los asuntos del gobierno.

                           CAPITULO 11. REGLAS DE GOBIERNO DEMOCRÁTICO


El arconte, daba su nombre al año y velaba por la conservación de los cultos domésticos.
El rey, practicaba los sacrificios;
El polemarca, que figuraba como jefe del ejército y juzgaba a los extranjeros;
Los seis (6) tesmotcetas, que administraban justicia;
Los  diez (10) que consultaban los oráculos;
Los diez (10) atlotcetas, que preparaban la fiesta del Baco;
y los pritáneos que mantenían el hogar público y la continuación de los banquetes sagrados.

los magistrado sacerdotes se elegían por suerte y por el pueblo. Sobre el mismo senado estaba la asamblea del pueblo u ésta era el verdadero soberano.


                                        CAPITULO 12. MUERTE DE LA DEMOCRACIA

La pobreza del pueblo origina la venta y compra del voto, sumiéndolo en la degradación. Esto llevo a una lucha donde a los ricos se les cobro altos impuestos, muchos fueron desterrados y sus bienes terminaron en el tesoro público para ser repartidos entre los pobres lo que acrecentó la indigencia y ya no hubo recursos con que llenarlos, fue así como se decretaron abolición de deudas; la verdad es que los ricos no tenían la habilidad y suspicacia para hacer enseñar a trabajar a los pobres y ayudarlos a salir de su miseria.

Dice Aristóteles, que se escuchaban estas palabras entre los ricos: "juro ser enemigo del pueblo y hacerle todo el daño que pueda". Y surgió la lucha entre las clases sociales lo que trajo el detrimento de la democracia.

                                       CAPITULO 13. REVOLUCIONES DE ESPARTA




El derecho de primogenitura y la inalienabilidad del patrimonio establecieron la aristocracia en la sociedad espartana. Existían dos clases de espartanos y se hallaban en lucha, la monarquía tendía a favorecer  la clase inferior, Licurgo se hizo rey y  jefe de la aristocracia, debilito la monarquía y subyugo al pueblo.

La jerarquía espartana se encontraba así: primero los meodámodas (esclavos emancipados); los epeunactas,  los motaces, los bastardos, los segundones desheredados y sobre todos ellos estaba la aristocracia y eran el cuerpo político de Esparta.

LIBRO V

LAS NUEVAS CREENCIAS

CAPITULO 1. LA FILOSOFÍA CAMBIA LAS REGLAS DE LA POLÍTICA

El surgimiento de la filosofía y sus obras da origen a la reflexión de los hombres y el espíritu de discusión, se transforma la idea de la divinidad y se olvida del significado de sus costumbres; se interioriza la razón en el espíritu y el alma.

Los filósofos discutieron las reglas y principios de la asociación humana, ellos fueron Platón, Critón, Aristóteles, Teofrasto, Antistenes, Espeusipo.


CAPITULO 2. LA CONQUISTA ROMANA

La conquista romana se distingue en dos periodos: la primera corresponde al tiempo en que el antiguo espíritu municipal conservaba mucha fuerza y Roma tuvo que vencer muchos obstáculos; la segunda cuando el espíritu municipal esta debilitado y Roma se aprovecha para la pronta realización de su conquista.

CAPITULO 3. EL CRISTIANISMO CAMBIA LAS CONDICIONES DE GOBIERNO



La sociedad antigua esta regulada por los dogmas religiosos y exigencias del culto, el gobierno esta centrado en el padre de familia, y el Rey o magistrado en la ciudad, el gobierno, el derecho y la religión están ligadas entre si, esta última es la dueña de la vida publica y privada de las personas.
Se contempla así, lo siguiente:

El Estado es una comunidad religiosa, 
El Rey es el pontífice,
El Magistrado es el sacerdote, 
La Ley es formula santa,
El patriotismo una devoción,
El destierro es sinónimo de excomunión.

El individuo esta sujeto al Estado en cuerpo, alma y bienes.

La llegada del Cristianismo tuvo ciertos antecedentes, gracias a las obras de filósofos  y al progreso de las ideas, se gesto un gran esfuerzo de las clases oprimidas por dejar de serlo, y la caída de la casta sacerdotal, con  el cristianismo se re-formula las condiciones en la ciudades.

AL posicionarse el Cristianismo como una religión, universal, donde Dios es único, pertenece a todos no discrimina sino que unifica en el amor  y se centra en el alma, se comienzan a reflejar cambios sociales, tales como:

  • El templo es abierto
  • el sacerdocio ya no es hereditario
  • el culto es público
  • se acepta al extranjero
  • la religión se separa de la política y el gobierno
  • eleva a la persona sobre la patria y al prójimo sobre el conciudadano
  • exalta la conciencia humana
  • el padre conserva la autoridad natural sobre los hijos
  • la mujer llego a ser moralmente igual, participa de la religión pero no activamente
  • desaparecen los limites sagrados
  • la propiedad no se funda en la religión, sino en el trabajo.




SERIE ROMA, SEGUNDA TEMPORADA CAPITULO 9 Y 10








ANÁLISIS DE LOS HECHOS JURÍDICOS COMPARACIÓN CON LA ACTUALIDAD 


RESUMEN DE LOS CAPÍTULOS 

Episodio 9: Deus impeditio esuritori nullus (Hambre de gloria)

Roma sufre escasez de cereales y el pueblo se muere de hambre, César Octavio se ve obligado a pedirle grano a Egipto, pero este país está controlado por Marco Antonio y Cleopatra, los cuales no están dispuestos a darle el grano para que Octavio se vea obligado a declararles la guerra.
Pullo, debido a que está a cargo del Aventino, debe informar a Octavio, Pullo le dice que el pueblo le culpa a él de la hambruna ya que el pueblo respeta y quiere a Antonio. Octavio sabe que una guerra con Antonio estaría perdida salvo que el pueblo los apoyara, así que tiene una idea, envía a Atia y Octavia (amante y esposa respectivamente) a Egipto a solicitar la ayuda de Antonio, sabedor de que les dispensará una fría acogida.
Tal y como había planeado, Antonio se niega a recibir a Atia y a Octavia, eso hace estallar en lágrimas a Atia ya que ve como su amado la rechaza en favor de una extranjera. Pero no solo eso, Posca y su esposa Jocasta abandonan a Antonio y se marchan junto a Atia y Octavia. Con el lleva un regalo para Octavio, el testamento de Marco Antonio, según el testamento, Antonio abandona la fe romana y declara que él es Osiris y Cleopatra es Isis, además deja en herencia a sus hijos con Cleopatra las provincias orientales y a Cesarión le deja Roma, eso, sumado a que repudió a su esposa, hace que el pueblo se vuelva en contra suya. Octavio, con el apoyo del Senado y el pueblo le declara la guerra a Antonio.
Octavio se marcha a Egipto a luchar contra Antonio y le pide a Pullo que le acompañe, ahora Pullo mantiene una relación con Gaia tras la muerte de Eirene (aunque no sabe que fue Gaia la que asesinó a su esposa e hijo recién nacido). Pero cuando se marchaba, Nemmio, el antiguo traidor al cual enjauló, le ataca por la noche. Gaia lo salva a costa de quedar gravemente herida y en su lecho de muerte, Gaia le confiesa a Pullo que fue ella quién asesinó a su esposa e hijo porque le quería para ella sola, Pullo la estrangula y arroja su cadáver a una fuente.

Episodio 10: De Patre Vostro (Sobre tu padre...)

Octavio, gracias a Agripa, derrota a la flota romano-egipcia de Marco Antonio y Cleopatra en la batalla de Actium, estos se ven obligados a refugiarse en Alejandría donde se arrojan a una vida de desenfreno ante la inminente derrota.
Octavio le pide a Antonio que se rinda sin condiciones, pero este no está dispuesto a hacerlo, y confiando en un último plan de salvación, reta a Octavio a un combate singular a muerte. Evidentemente, Octavio lo rechaza. Pero tiene otro plan en mente, y ofrece a Cleopatra una oferta, entregar a Antonio a cambio de mantener su trono. Cleopatra se debate entre conservar el honor o su trono, Antonio le dice a Cleopatra que lo mejor sería suicidarse y ambos acuerdan hacerlo al alba.
Tras una noche de fiesta, Antonio recibe una carta de la esclava personal de Cleopatra diciendo que esta ya se ha suicidado. Antonio, totalmente abatido, decide suicidarse también, y lo hace por la mano de su fiel Voreno, el cual le atraviesa con una espada. Poco después, Cleopatra aparece viva, ya que al parecer a decidido vender a Antonio a cambio de mantener su trono. Cleopatra se entrevista con Octavio, y este promete mantener su trono y dejar vivos a sus hijos a cambio de que vaya con el a Roma. Cleopatra sabe que solo irá para ser expuesta como un trofeo de guerra y se suicida con la mordedura de un áspid, junto al cadáver de su "amado" Marco Antonio.



Voreno y Pullo se reúnen de nuevo, esta vez para salvar a Cesarión ya que Octavio ha dado orden de capturarlo y matarlo. Durante una escaramuza por culpa de Cesarión, Voreno queda gravemente herido y a duras penas consigue llegar a Roma. De nuevo en su casa, Voreno recibe el perdón de sus hijos. Por su parte, Pullo marcha a hablar con Octavio, el cual ha sido proclamado emperador de Roma, Pullo le dice que Cesarión murió en el desierto bajo su mano y Voreno también, Octavio le da las gracias y Pullo se marcha.
Todo acaba con Pullo y Cesarión paseando por las calles de Roma, Pullo le dice "Sobre tu padre...".
http://es.wikipedia.org/wiki/Anexo:Roma_(temporada_2)

  • CONCEPTO DE HECHOS JURÍDICOS

"Es un acontecimiento natural o del hombre que esta previsto en la norma del derecho, como supuesto para producir una o varias consecuencias de creación, transmisión, modificación,  o extinción de derechos obligaciones o sanciones".  Un hecho puede ser creado por la naturaleza o el hombre, Fancesco Carnetulti, divide los hechos jurídicos según  su naturaleza en: naturales o causales y en humanos o voluntarios.

Hechos naturales o causales: son de orden involuntario y se deben al acontecer diario, por ejemplo: el nacimiento o la muerte; los hechos humanos o voluntarios son  acontecimientos generados por el individuo, y por ello tienen consecuencias de derecho; de aquí se derivan los actos jurídicos que se clasifican en tres: de indiferencia (actos lícitos que no tienen finalidad jurídica), de coincidencia (un actos práctico que concuerda con una consecuencia jurídica)  y de oposición (cuando el acto es ilícito y no concuerda con con el acto jurídico).

  • HECHOS JURÍDICOS PRESENTADOS EN EL CAPITULO 9 Y 10 DE LA SERIE ROMA SEGUNDA TEMPORADA


-Bigamia: Dícese de la persona que contrae dobles nupcias con distinta pareja.


Marco Antonio es esposo de Atia en Roma, y esposo de Cleopatra en Egipto, ademas de que Octavia es su amante.

Aunque en Colombia la bigamia ya no es un delito y fue excluido del Código penal, no esta permitido contraer segundas nupcias hasta no haber un divorcio legal de la primera pareja.


-Incesto: Relación sexual entre pariente entre los que está prohibido el matrimonio.

Atia y Marco Antonio, eran esposos de esa relación nació Octavia y Octavio, Octavia era amante de Marco Antonio.

El incesto ocupa su propio capitulo dentro del titulo VI del libro II del Código Penal Colombiano, y se contempla específicamente en el artículo 237 del Código Penal Colombiano, que a la letra dice: " Penas aumentadas por el artículo 14 de la ley 8900 de 2004, a partir de 1o. de enero de 2005. El que realice acceso carnal u otro acto sexual con un ascendiente o descendiente, adoptante o adoptivo, o con un hermano o hermana, incurrirá en prisión de dieciséis (16) a setenta y dos (72) meses.

-Conspiración y concierto para delinquir: conjunto de acciones realizadas por una o varias personas con ánimo de unirse contra un superior o soberano,  de arrebatar el poder a otro, o de hacer algo con intención de causar perjuicio o daño a alguien que está en una posición consolidada.

Cuando Octavio y sus subalternos se reúnen para tramar las acciones a realizar con el fin de conseguir una guerra con Marco Antonio.



En nuestro Código penal la sanción a este delito se encuentra estipulado en al artículo 471: Los que se pongan de acuerdo para cometer delito de rebelión o de sedición, incurrirán, por esta sola conducta, en prisión de dieciséis (16) a treinta y seis (36) meses.

Articulo 340. [Modificado por el artículo 8 de la ley 733 de 2002 y sus penas aumentadas por el artículo 14 de la Ley 890 de 2004] Cuando varias personas se concierten con el fin de cometer delitos, cada una de ellas será penada, por esa sola conducta, con prisión de cuarenta y ocho (48) a ciento ocho (108) meses. [Modificado por el artículo 19 de la ley 1121 de 2006] Cuando el concierto sea para cometer delitos de genocidio, desaparición forzada de personas, tortura, desplazamiento forzado, homicidio, terrorismo, tráfico de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias sicotrópicas, secuestro, secuestro extorsivo, extorsión, enriquecimiento ilícito, lavado de activos o testaferrato y conexos, o Financiamiento del Terrorismo y administración de recursos relacionados con actividades terroristas, la pena será de prisión de ocho (8) a dieciocho (18) años y
multa de dos mil setecientos (2700) hasta treinta mil (30000) salarios mínimos legales mensuales vigentes. La pena privativa de la libertad se aumentará en la mitad para quienes organicen, fomenten, promuevan, dirijan, encabecen, constituyan o financien el concierto para delinquir.

-Instigación a la guerra: 

Octavio, hijo de Marco Antonio y Atia, conociendo las andanzas de su padre en Egipto, busca por todos los medios declarar una guerra en su contra y quedar con el poder de Roma, para ello usa a su madre y hermana y las envía a Egipto a hablar con Marco Antonio buscando un excusa perfecta para su plan.

En Colombia, el articulo 458 del Código penal contempla el delito de instigación a la guerra, así: "[Penas aumentadas por el artículo 14 de la ley 890 de 2004] El colombiano, aunque haya renunciado a la calidad de nacional, o el extranjero que deba obediencia al Estado, que realice actos dirigidos a
provocar contra Colombia guerra u hostilidades de otra u otras naciones, incurrirá en prisión de ciento sesenta (160) a trescientos sesenta (360) meses. Si hay guerra o se producen las hostilidades, la pena imponible se aumentará hasta en una tercera parte.

-Revelación de Secreto

Cuando el empleado al servicio  de Marco Antonio en Grecia huye en el barco que lleva de regreso a Atpia a Roma, éste sustrae y lleva consigo el testamento de Marco Antonio.

Artículo 418 del C.P.: "[Penas aumentadas por el artículo 14 de la ley 890 de 2004] El servidor público que indebidamente dé a conocer documento o noticia que deba mantener en secreto o reserva, incurrirá en multa y pérdida del empleo o cargo público. Si de la conducta resultare perjuicio, la pena será de dieciséis (16) a cincuenta y cuatro (54) meses de prisión, multa de veinte (20) a noventa (90) salarios mínimos legales mensuales vigentes, e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por ochenta (80) meses.

Artículo 419. Utilización de asunto sometido a secreto o reserva. El servidor público que utilice en provecho propio o ajeno, descubrimiento científico, u otra información o dato llegados a su conocimiento por razón de sus funciones y que deban permanecer en secreto o reserva, incurrirá en multa y pérdida del empleo o cargo público, siempre que la conducta no constituya otro delito sancionado con  pena mayor.

Artículo 446. Favorecimiento. [Penas aumentadas por el artículo 14 de la ley 890 de 2004] El que tenga conocimiento de la comisión de la conducta punible, y sin concierto previo, ayudare a eludir la acción de la autoridad o a entorpecer la investigación correspondiente, incurrirá en prisión de dieciséis (16) a setenta y dos (72) meses. Si la conducta se realiza respecto de los delitos de genocidio, desaparición forzada, tortura, desplazamiento forzado, homicidio, extorsión, enriquecimiento ilícito, secuestro extorsivo, tráfico de drogas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, la pena será de sesenta y cuatro (64) a doscientos dieciséis (216) meses de prisión. Si se tratare de contravención se impondrá multa.


- Abandono del Cargo

Cuando el sirviente de Marco Antonio huye en el barco con Atia hacia Roma sin informar a su jefe de su partida.

Articulo 60 numeral 4 del Código Laboral: Prohibiciones a los trabajadores. Se prohíbe a los trabajadores: 

4. Faltar al trabajo sin justa causa de impedimento o sin permiso del empleador, excepto en los casos de  huelga, en los cuales deben abandonar el lugar del trabajo. 

Por se empleado al servicio del estado numeral 55 del artículo 48 de la ley 734 de 2002 Código Único Disciplinario.

- Acaparamiento, especulación y usura

Marco Antonio en Grecia, decide no enviar alimentos a su pueblo en Roma y el que tiene lo acapara excusándose en que el ejército lo necesita para defender a Roma, y lo oferta junto con Cleopatra en tres veces su precio real


Artículo 297. Acaparamiento. [Penas aumentadas por el artículo 14 de la ley 890 de 2004] El que en cuantía superior a cincuenta (50) salarios mínimos legales mensuales vigentes acapare o, de cualquier manera, sustraiga del comercio artículo o producto oficialmente considerado de primera necesidad, incurrirá en prisión de cuarenta y ocho (48) a ciento ocho (108) meses y multa de veintiséis punto sesenta y seis (26.66) a trescientos (300) salarios mínimos legales mensuales vigentes.

Artículo 298. Especulación. [Penas aumentadas por el artículo 14 de la ley 890 de 2004] El productor, fabricante o distribuidor mayorista que ponga en venta artículo o género oficialmente considerado como de primera necesidad a precios superiores a los fijados por autoridad competente, incurrirá en prisión de cuarenta y ocho (48) a ciento ocho (108) meses y multa de veintiséis punto sesenta y seis (26.66) a trescientos (300) salarios mínimos legales mensuales vigentes. [El presente inciso adicionado por el artículo 19 de la Ley 1474 de 2011] La pena será de cinco (5) años a diez (10) años de prisión y multa de cuarenta (40) a mil (1.000) salarios mínimos legales mensuales vigentes, cuando se trate de medicamento o dispositivo médico.

Artículo 305. Usura. [Penas aumentadas por el artículo 14 de la ley 890 de 2004] El que reciba o cobre, directa o indirectamente, a cambio de préstamo de dinero o por concepto de venta de bienes o servicios a plazo, utilidad o ventaja que exceda en la mitad del interés bancario corriente que para el período correspondiente estén cobrando los bancos, según certificación de la [Superintendencia Bancaria]71, cualquiera sea la forma utilizada para hacer constar la operación, ocultarla o disimularla, incurrirá en prisión de treinta y dos (32) a noventa (90) meses y multa de sesenta y seis punto sesenta y seis (66.66) a trescientos (300) salarios mínimos legales mensuales vigentes. El que compre cheque, sueldo, salario o prestación social en los términos y condiciones previstos en este artículo, incurrirá en prisión de cuarenta y ocho (48) a ciento veintiséis (126) meses y multa de ciento treinta y tres punto treinta y tres (133.33) a seiscientos (600) salarios mínimos legales mensuales vigentes. [Inciso adicionado por el artículo 34 de la ley 1142 de 2007] Cuando la utilidad o ventaja triplique el interés bancario corriente que para el período correspondiente estén cobrando los bancos, según certificación de la Superintendencia Financiera o quien haga sus veces, la pena se aumentará de la mitad a las tres cuartas partes.

- Soborno

Cuando Octavio ofrece a Atia y a Octavia unas villas en Roma, con el fin de que ellas vayan a hablar con Marco Antonio, sabiendo que éste no las recibirá y así poder declarar una guerra en contra de Marco Antonio.


Artículo 444. Soborno. [Artículo modificado por el artículo 31 de la ley 1474 de 2011] El que entregue o prometa dinero u otra utilidad a un testigo para que falte a la verdad o la calle total o parcialmente en su testimonio, incurrirá en prisión de seis (6) a doce (12) años y multa de cien (100) a mil (1.000) salarios.

- Inducción o ayuda al suicidio




Cuando Marco Antonio cree que Cleopatra ha muerte decide quitarse la vida y le pide a su fiel Voreno que le ayude insertando su espada en su abdomen. 

Cleopatra al ver la trampa de Octavio y proteger a sus hijos, pide ayuda a su sirvienta y adivina que le den un veneno efectivo para inducir su muerte y la adivina le pasa una serpiente.




Artículo 107. Inducción o ayuda al suicidio. [Penas aumentadas por el artículo 14 de la ley 890 de 2004] El que eficazmente induzca a otro al suicidio, o le preste una ayuda efectiva para su realización, incurrirá en prisión de treinta y dos (32) a ciento ocho (108) meses. Cuando la inducción o ayuda esté dirigida a poner fin a intensos sufrimientos provenientes de lesión corporal o enfermedad grave e incurable, se incurrirá en prisión de dieciséis (16) a treinta y seis (36) meses.

- Homicidio




Cuando Cleopatra como parte de una espectáculo asesina a un sirviente disfrazado de venado con una flecha.
Cuando Memiio intenta escapar hiere de muerte a la esposa de Pullo, ella en su lecho de muerte le confiesa a Pullo, que fue quien asesino a su primera esposa e hijo para quedarse con el.


Artículo 103. Homicidio. [Penas aumentadas por el artículo 14 de la ley 890 de 2004, a partir del 1o. de enero de 2005] El que matare a otro, incurrirá en prisión de doscientos ocho (208) a cuatrocientos cincuenta (450) meses.





jueves, 28 de agosto de 2014

EL CODIGO HAMMURABI


Creado por el rey de Babilonia, Hammurabi; es uno de los conjuntos de leyes mas antiguos encontrados hasta hoy, escrito en babilonio antiguo, data del año 1691 a.C. El código incorpora tres clases sociales: el hombre libre, el esclavo y el subalterno. Esta redactado con el fin de glorificar al Dios Marduk y las leyes Hammurabi representan todo el rigor y severidad de las instituciones coercitivas con el fin de mantener el orden y la autoridad del estado. 

Las leyes del código Hammurabi están numeradas del 1 a la 282, aunque se dice que faltan 66-99 y 110-111.


El descubrimiento de la leyes Hammurabi se deben a una excavación francesa dirigida por M.J: de Morgan en la acrópolis Susa en los comienzos del siglo pasado; las inscripciones constan de tres partes: el preámbulo, dedicado a perpetuar los títulos de Hammurabi y sus actos gloriosos;  las disposiciones legales, inspiradas en la ley del Talión y se reconoce el principio de que el único titular de la justicia es el Estado y el epílogo, es la glorificación y dedicación al Dios Marduk.